Inicio › Guías y novedades › Autos de aplicación

Seguro para autos de aplicación (Uber, Cabify, DiDi): qué necesitás

Si manejás con aplicaciones, tu seguro tiene que saberlo. Te contamos por qué, qué cubre el seguro de la app y qué conviene contratar.

Actualizado el 3/11/2026 · Lectura de 4 minutos

En pocas palabras: si contrataste tu seguro como "uso particular" y usás el auto para llevar pasajeros con aplicaciones, la aseguradora puede rechazar un siniestro porque el uso real no es el que declaraste.

Las aplicaciones pueden tener un seguro de responsabilidad civil que cubre solo durante el viaje, y no reemplaza el tuyo. Lo más seguro es declarar el uso y contratar una póliza que lo contemple.

Por qué tu seguro particular puede no cubrirte

El seguro de la aplicación: qué cubre y qué no

Desde 2019, la Superintendencia de Seguros de la Nación (Resolución 615/2019) permite que las plataformas contraten un seguro de responsabilidad civil para los viajes que se hacen con su app.

Cada plataforma decide si contrata este seguro y en qué condiciones. Consultá en tu app qué cobertura tiene.

Qué conviene contratar

Lo que está cambiando

En julio de 2026, la Superintendencia de Seguros (Resolución 300/2026) estableció condiciones uniformes para el seguro de responsabilidad civil de los vehículos de transporte de pasajeros de "oferta libre", una categoría que incluye a los autos de aplicación y los remises. La idea es que más aseguradoras puedan ofrecer este tipo de cobertura. Si hoy te cuesta conseguir seguro, vale la pena volver a cotizar.

Cotizá el seguro de tu auto de aplicación

Un asesor te ayuda a encontrar una póliza que declare el uso con aplicaciones, siempre por escrito.

Esta guía es información general y no reemplaza el asesoramiento profesional. Las coberturas y requisitos exactos dependen de cada aseguradora, de la plataforma y de la normativa de tu jurisdicción.

Fuentes: Superintendencia de Seguros de la Nación, Resolución 615/2019 (seguros para plataformas digitales) y Resolución 300/2026 · Cámara de Apelaciones de General Roca, Sala I, 25/6/2025 (exclusión por uso distinto al declarado) · Cámara Contencioso Administrativa de la Ciudad de Buenos Aires, Sala II (2026).